Derecho individual del trabajo
Consideramos aquí las normas que rigen las relaciones entre una empresa y un trabajador, individualmente considerados.
El Derecho Individual del Trabajo se desarrolla a la luz del Principio Protectorio que constituye uno de sus basamentos generales. El mismo es de raigambre constitucional. El art. 14 bis de la Constitución Nacional dice: “El Trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador…”
La regla de la “autonomía de la voluntad” se ve sumamente restringida en el Derecho Laboral. Los derechos y condiciones laborales establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo o las Convenciones Colectivas no pueden modificarse en perjuicio de los intereses del trabajador ni ser dejados de lado por las partes. Se busca equiparar las diferencias preexistentes entre trabajador y empleador.
El Despido
La Institución Jurídica del Despido constituye una de las tantas formas de extinción del contrato de trabajo. El mismo puede surgir tanto de la voluntad del empleador (despido directo) cuanto de la voluntad del trabajador (despido indirecto).
Cuando emana de la voluntad del empleador el mismo puede ser causado o incausado.
En caso de surgir de la voluntad del trabajador, siempre se debe invocar la causa.
Es un acto:
Unilateral – Emana solo de la voluntad una de las dos partes
Recepticio – Adquiere eficacia en el momento en que llega a la esfera de conocimiento de la otra parte, no antes
Extintivo – A partir del momento en que la notificación llega a conocimiento del destinatario, los efectos del contrato de trabajo cesan para el futuro
Entre un trabajador y su empresa pueden suscitarse innumerables situaciones de conflicto. Los más frecuentes se refieren a:
- Despidos Directos.
- Despido arbitrario.
- Con invocación de causa.
- Falta de Trabajo.
- Fuerza Mayor.
- Despidos Indirectos.
- Injuria del empleador.
- Despido Discriminatorio.
- Despido por causa de embarazo.
- Despido por causa de matrimonio.
- Suspensiones.
- Enfermedades inculpables
- Cobro de indemnizaciones según los casos.
- Liquidación por despido.
- Liquidación final.
- Fraude Laboral.
- Trabajo en negro – Multas.
- Cobro de horas extraordinarias.
- Cobro de diferencias salariales.
- Reclamos por incorrecta categorización profesional.
- Francos compensatorios.
- Reclamos por suspensiones arbitrarias.
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